martes, 29 de marzo de 2016

RESOLUCIÓN COMUNAL  02 DE 2016
“Por medio del cual se dan indicaciones para el proceso de elecciones comunales del 24 de abril de 2016, se desarrollan aspectos de la ley 743 de 2002 y se dictan otras disposiciones”

En usos de atribuciones legales en especial la ley 743 de 2002 en su artículo 34 parágrafo 3, estatutos reconocidos por resolución 0042 de 2013 de la Gobernación del Huila y demás normas concordantes y vigentes

CONSIDERANDO
1.    Que la asociación de juntas de acción comunal del municipio de Villavieja, mediante la resolución 0042 de 2013 obtuvo su personería jurídica, se aceptó presidente y representante legal y se reconoció estatutos.
2.    Que en el titulo tercero, capítulo iii artículos 30 -35 de la ley 743 de 2002, establecen la regulación para los dignatarios de los organismos comunales y en su artículo 21 requisitos de afiliados y articulo 23 afiliación estableció de manera general aspectos de las juntas a tener en cuenta en los procesos de elecciones de dignatarios y directivos que se avecinan. 
3.    Que a pesar del arduo trabajo de la asojuntas, el movimiento comunal está un poco desorientado y confundido en aspectos relevantes para su organización interna en torno al deber de renovar sus cuadros administrativos para estos cuatro años, contados a partir de la posesión de los nuevos dignatarios el día 01 de julio de 2016.
En mérito de lo anterior,

RESUELVE
PRIMERO: Informar a los dieciocho (18) organismos comunales con personería jurídica en el Municipio de Villavieja los cuales están autorizados a realizar las elecciones comunales nacionales programadas para el próximo domingo 24 de abril de 2016, día único de elección en observancia al procedimiento de la ley 743 de 2002, decretos reglamentarios y estatutos internos de la junta.
Parágrafo: cuadro de los organismos comunales autorizados

Junta de acción comunal
Ultima elección
Barrio Alberto Galindo-Campo Alegre
2012
Junta Central De Villavieja
2004
Polonia
2012
Hato Nuevo
2013
La Manguita
2014
El Cuzco
2012
Palmira
2015
El Libano
2012
El Doche
2012
Cabuyal
2012
La Chivera
2012
Gaviotas
2012
San Nicolás-Km 121
2012
La Victoria
2012
San Alfonso
2012
Potosí
2012
San Juanito
2012
Golondrinas
2012

SEGUNDO: Informar a la comunidad en general los requisitos para ser afiliado de una junta de acción comunal de la jurisdicción

1.    Ser persona natural.
2.    Tener 14 años cumplidos y documento de identidad
3.    Ser residente en el barrio o vereda.
Parágrafo 1. La residencia se entiende por el lugar donde esta ubicada la vivienda permanente de la persona con intención de afiliarse o desarrolle actividad económica permanente en calidad de propietario de un establecimiento de comercio, industria o servicios  ubicado en la vereda o barrio de la junta.
Parágrafo 2: no se puede ser afiliado a dos juntas de acción comunal, en caso de pasar se anula la última inscripción.
Parágrafo 3. Cumpliendo con las anteriores disposiciones, solicita ante el secretario o el tribunal de garantías su inscripción como afiliado.

TERCERO: Informar a la comunidad en general los requisitos para ser dignatario  de una junta de acción comunal de la jurisdicción:
Son dignatarios los miembros de la junta directiva, el fiscal coordinadores de trabajo o empresarial, delegados a asojuntas, miembros de la comisión de convivencia y conciliación.
Requisitos:
1.    Ser afiliado a la junta de acción comunal.
2.    Ser mayor de edad y saber leer para los aspirantes a ser presidente o representante legal, el tesorero, el vicepresidente y el fiscal.

Parágrafo: Pueden ser elegidos dignatarios los menores de edad mayores de 14 años como lo son el secretario, los conciliadores, los coordinadores de trabajo y los delegados de la junta de acción comunal.  

CUARTO: El día de elecciones es el DOMINGO 24 DE ABRIL DE 2016, reunión presidida por un presidente y secretario ad-hoc y bajo la dirección del tribunal de garantías constituido por tres afiliados (que no deben aspirar ni ser dignatarios)

QUINTO. Asamblea Previa: el día DOMINGO 03 DE ABRIL DE 2016 vence el plazo para haber realizado la Asamblea Previa de elección de Tribunal De Garantías, de no hacer esta reunión su proceso estará viciado y se anulara la elección.
En esta misma reunión se debe decidir si la elección se hace por plancha o lista y si es en asamblea o elección directa y debe ser `por cuociente electoral
Si es plancha se dividirá en cinco bloques:
Directivo (presidente, vicepresidente, tesorero y secretario)
Comisiones de Trabajo(mínimo tres)
Fiscalía (una persona)
Comisión de convivencia y conciliación (3 afiliados)
Delegados (tres afiliados)
Plancha que debe ser presentada por una o dos afiliados de acuerdo a los estatutos.
Si es por lista, se inscriben y una vez elegidos ellos se reparten los cargos que correspondan de acuerdo al cuociente electoral.
En asamblea es la reunión el día de elección y en directo son las votaciones desde las 08: am hasta las 04:pm con la participación mínima del 20 %filiados.

SEXTO. El tribunal de garantías para la elección del 24 de abril de 2016, y tiene las siguientes funciones
1.    Velar por que todos los afiliados participen en las elecciones.
2.    Organizar las elecciones.
3.    Publicar el listado de afiliados con ocho días de anticipación.
4.    Resolver cualquier inquietud presentada por el tribunal de garantías.
5.    Hacer los escrutinios de  las elecciones y firmar las actas de elección.

SÉPTIMO. Incompatibilidades: entre los directivos, entre estos y el fiscal o los conciliadores no puede haber parentesco dentro del cuarto grado de  consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil o ser conyugues o compañeros permanentes.
Está prohibido al presidente y el secretario de la junta dirigir la asamblea previa ni la asamblea de elección de dignatarios pero si están obligados a convocar la asamblea previa.
Está prohibido al presidente ser candidato a fiscal y el anterior  presidente.

OCTAVO. Autorícese a la junta de acción comunal la no aplicación del inciso primero del resuelve séptimo, si solicita escrito en ese sentido con la causal de pocos integrantes para la elección, lo cual mediante resolución se podrá autorizar por parte del presidente de asojuntas Villavieja.

NOVENO. Comuníquese  a los comunales la designación del señor José Neftalí Niño Cardozo como enlace de acción comunal del municipio, el cual le brindara los formatos y acompañamiento  correspondientes junto  al suscrito.

DECIMO. Expídase un comunicado de prensa el contendrá la presente resolución en los medios virtuales, escritos y hablados disponibles en el Municipio.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


_____________________________
LUIS HUMBERTO SOTTO SUAZA
PRESIDENTE

Proyecto: Luis Sotto

Aprobó: Luis Sotto 
COMUNICADO DE PRENSA 02 DE 2016

El presidente de la Asojuntas Villavieja, da conocer contenidos relevantes para las elecciones comunales del próximo 24 DE ABRIL DE 2016 en todo el territorio nacional, recopilados en Resolución Comunal 02 de 2016 parte integra del presente comunicado, el cual cuanta con algunos aspectos como lo son:
Día De Elección De Directivos Y Dignatarios: 24 De Abril De 2016
Lugar: En Cada Vereda Y  Barrio De Cada Uno De Los Municipios De Colombia
Requisito General de la Junta: Tener Personería Jurídica Vigente.
Requisito De Participación: Ser Afiliado A Un Organismo Comunal O Junta.
Requisitos Especiales: 1. Realizar Una Asamblea Previa Antes Del 03 De Abril De 2016, Convocada Por El Presidente Y Dirigida A Todos Los Afiliados.
2. Conformar Un Tribunal De Garantías Con Tres Afiliados, (Quienes Ni Deben Aspirar Ni Ser Dignatarios), El Día Que Se Realice La Asamblea Previa.
3. Cerrar El Libro De Afiliados Con La Firma Del Secretario Y Fiscal Y Publicar El Listado Definitivo El 15 De Abril De 2016 Por Parte Del Tribunal De Garantías En Un Lugar Público Del Barrio O Vereda.
4.Organizar La Lista De Sufragantes Para Hacer La Elección Bien Sea Mediante Asamblea Con El Sistema De Plancha O Lista O Elección Directa Desde Las 08:00 Am Hasta Las 04:00 P.M Con La Participación Mínima Del 20 % De Afiliados Para Ser Valida La Elección Mediante El Sistema De Planchas O Lista.
5. Los Coordinadores De Trabajo Se Eligen Por Cada Comisión De Acuerdo A Los Estatutos.
Requisito Para Ser Directivo: Ser Mayor De Edad, Saber Leer Y Ser Mayor De Edad Para Presidente, Vicepresidente, Tesorero Y Fiscal.
Requisito Para Ser Dignatario: Tener 14 Años cumplidos, tener documento de identidad  Y Liderazgo Entre La Comunidad.

JUNTAS HABILITADOS PARA HACER ELECCION:
Junta de acción comunal
Ultima elección
Barrio Alberto Galindo-Campo Alegre
2012
Junta Central De Villavieja
2004
Polonia
2012
Hato Nuevo
2013
La Manguita
2014
El Cuzco
2012
Palmira
2015
El Líbano
2012
El Doche
2012
Cabuyal
2012
La Chivera
2012
Gaviotas
2012
San Nicolás-Km 121
2012
La Victoria
2012
San Alfonso
2012
Potosí
2012
San Juanito
2012
Golondrinas
2012


martes, 15 de marzo de 2016

COMUNICADO DE PRENSA 01 DE 2016 ASOJUNTAS VILLAVIEJA

COMUNICADO DE PRENSA 01 DE 2016

La Asociación De Juntas De Acción Comunal Del Municipio De Villavieja- Huila, felicita y agradece por su interés en formarse en temas relacionados por la comunidad contenido del DIPLOMADO “LIDERAZGO Y FORTALECIMIENTO DE LAS JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL DE VILLAVIEJA” Gestionado por  ASOJUNTAS VILLAVIEJA, en cooperación con la Federación Comunal Del Huila y la financiación de la ESAP y el Ministerio del Interior a los siguientes ciudadanos:

LUIS HUMBERTO SOTTO SUAZA
SALVADOR RODRIGUEZ PASCUAS
DARIO TOVAR TOVAR
EVER ROJAS GIL
YERALDIN NARVAEZ ESCOBAR
RICARDO GONZALEZ CARDOZO
JOAQUIN GARCIA BAHAMON
ELISABETH MEDINA TOLEDO
CAROLINA MEDINA AGREDO
JORGE ELIECER BONILLA CORDOBA
ANGELA TATIANA SANDOVAL CORREDOR
KAREN VANESSA VANEGAS
HERMES TOVAR TOVAR
YERSON URIAS IBARRA BONILLA
YESICA PAOLA TORRES CARDONA

LOS enunciados anteriormente pueden dirigirse a la página web http://sirecec.esap.edu.co/ y consultar  los certificados de los nombrados con su número de identificación personal.


“Comunales a la carga, por la Villavieja del progreso”

Atentamente,



LUIS HUMBERTO SOTTO SUAZA

Presidente